V Centenario de la Escuela de Salamanca 1526-2026
Hace quinientos años, en las aulas de la Universidad de Salamanca, nació una forma de pensar que no se conformó con explicar el mundo: se atrevió a discutirlo para hacerlo más justo. La Escuela de Salamanca puso en el centro la dignidad de la persona y abrió debates que siguen marcando nuestro presente: los derechos humanos, el derecho internacional, la libertad de conciencia, el poder y sus límites, el valor de las cosas y el precio justo.
Hoyo 10

Francisco Suárez
Francisco Suárez (1548–1617), jesuita y uno de los principales representantes tardíos de la Escuela de Salamanca, desarrolló una de las formulaciones más sistemáticas y decisivas de la teoría de la soberanía popular en la Edad Moderna. Su pensamiento supone una culminación doctrinal de líneas ya presentes en autores salmantinos anteriores, pero expresadas ahora con una claridad conceptual que influyó profundamente en la filosofía política europea.
El núcleo de su doctrina política se encuentra en su obra De legibus ac Deo legislatore (1612), donde Suárez aborda el origen del poder político desde una perspectiva iusnaturalista. Frente a las teorías del derecho divino directo de los reyes, sostiene que el poder político no reside en el monarca, sino en la comunidad. Dios concede el poder político a la humanidad en general, pero no lo asigna directamente a una persona concreta; es la comunidad política la que determina la forma de gobierno y designa a sus gobernantes.
Suárez afirma que el poder civil es natural, no resultado del pecado ni de una mera convención artificial, pero insiste en que su titularidad inmediata corresponde al pueblo como cuerpo moral (universitas). Solo a través de un pacto o traslación legítima (translatio potestatis) puede ese poder pasar a un rey o magistrado. Este acto no es una ficción jurídica, sino una decisión real y vinculante de la comunidad, lo que implica que la autoridad del gobernante está condicionada por el bien común y por el respeto a la ley natural.
A partir de este principio, Suárez introduce una consecuencia de gran alcance: si el gobernante ejerce el poder de forma tiránica, violando de manera grave y persistente el bien común, la comunidad conserva un derecho último de resistencia. Aunque Suárez es prudente y restrictivo en este punto —rechaza cualquier legitimación de la rebelión arbitraria—, reconoce que la soberanía popular originaria fundamenta la posibilidad de limitar o retirar el poder injustamente ejercido.
Este planteamiento supuso una ruptura con las concepciones absolutistas emergentes en la Europa del siglo XVII y fue decisivo para el desarrollo del constitucionalismo, el contractualismo y la teoría moderna del Estado. Autores como Hugo Grocio, Johannes Althusius o incluso pensadores del contractualismo moderno recogieron elementos de la teoría suareciana del poder político como derivado de la comunidad.
En el contexto de la Escuela de Salamanca, Francisco Suárez representa la maduración final de una tradición intelectual que concibió la política como una realidad moralmente regulada, sometida al derecho natural y fundada en la dignidad racional de la comunidad humana. Su aportación no consiste en crear la democracia moderna, sino en establecer con rigor filosófico uno de sus principios esenciales: que toda autoridad legítima tiene su origen último en la comunidad y está subordinada al bien común.
FUENTES UTILIZADAS PARA EL TEXTO
- Suárez, Francisco (1612). De legibus ac Deo legislatore. Coimbra: Diogo Gomes Loureiro.
- Suárez, Francisco (1613). Defensio fidei catholicae et apostolicae adversus anglicanae sectae errores. Coimbra.
- Skinner, Quentin (1978). The Foundations of Modern Political Thought, vol. II. Cambridge: Cambridge University Press.
- Brett, Annabel (1997). Liberty, Right and Nature: Individual Rights in Later Scholastic Thought. Cambridge: Cambridge University Press.
- Tuck, Richard (1993). Philosophy and Government, 1572–1651. Cambridge: Cambridge University Press.
- Pereña Vicente, Luciano (1965). La idea de justicia en la Escuela de Salamanca. Madrid: CSIC.
- Fernández-Santamaría, J. A. (1988). The State, War and Peace: Spanish Political Thought in the Renaissance. Cambridge: Cambridge University Press.
- Tierney, Brian (1997). The Idea of Natural Rights. Atlanta: Scholars Press.


