El libre Albedrío

V Centenario de la Escuela de Salamanca 1526-2026

Hace quinientos años, en las aulas de la Universidad de Salamanca, nació una forma de pensar que no se conformó con explicar el mundo: se atrevió a discutirlo para hacerlo más justo. La Escuela de Salamanca puso en el centro la dignidad de la persona y abrió debates que siguen marcando nuestro presente: los derechos humanos, el derecho internacional, la libertad de conciencia, el poder y sus límites, el valor de las cosas y el precio justo.

Hoyo 13

El libre albedrío

La reflexión sobre el libre albedrío ocupó un lugar central en el pensamiento de la Escuela de Salamanca, al relacionar teología, filosofía moral y derecho. Sus autores defendieron la libertad del ser humano como base de la responsabilidad moral, la justicia y el orden jurídico.

Siguiendo la tradición de Santo Tomás de Aquino, afirmaba que el ser humano posee una voluntad racional libre, capaz de elegir entre distintas acciones. Esta libertad no significaba independencia absoluta respecto a Dios, sino una capacidad real de decisión compatible con la providencia divina. Uno de los grandes debates de la época fue la relación entre la gracia divina y la libertad humana, especialmente tras la Reforma protestante. Frente a las corrientes que reducían la libertad humana en favor de la predestinación, autores como Domingo de Soto defendieron que la gracia no elimina la libertad, sino que la perfecciona. Por eso, las personas siguen siendo responsables de sus actos.

La formulación más importante de esta teoría llegó con Luis de Molina y su obra Concordia liberi arbitrii cum gratiae donis, publicada en 1588. Molina desarrolló la doctrina de la “ciencia media”, según la cual Dios conoce lo que cada persona haría libremente en cualquier circunstancia posible, permitiendo así conciliar la providencia divina con la libertad humana.

Estas ideas tuvieron consecuencias fundamentales en el pensamiento jurídico y político. Gracias al libre albedrío, la Escuela de Salamanca pudo fundamentar la responsabilidad individual, la legitimidad de las leyes, la validez de los contratos y la idea de justicia.

Además, su defensa de la libertad humana contribuyó a consolidar una visión optimista del ser humano, capaz de orientar su conducta hacia el bien común y de actuar de forma responsable dentro de la sociedad.

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FUENTES UTILIZADAS PARA EL TEXTO

  1. Molina, Luis de (1588). Concordia liberi arbitrii cum gratiae donis. Lisboa: Antonio Ribeiro.
  2. Soto, Domingo de (1559). De natura et gratia. Salamanca: Andrea de Portonariis.
  3. Suárez, Francisco (1612). De concursu, motione et auxilio Dei. En Opera Omnia, vol. XI. París.
  4. Aquinas, Thomas (1265–1274). Summa Theologiae, I–II, qq. 6–17 (base doctrinal utilizada por la Escuela de Salamanca).
  5. Pereña Vicente, Luciano (1967). La Escuela de Salamanca y la libertad humana. Madrid: CSIC.
  6. Gracia, Jorge J. E. (1991). Freedom and Human Nature in the Spanish Scholastics. Journal of the History of Philosophy, 29(3).
  7. Schmutz, Jacob (2001). La querelle du libre arbitre: Molina, Báñez et la théologie moderne. Revue des sciences philosophiques et théologiques, 85.
  8. Hill, Benjamin (2017). Freedom, Grace, and Moral Responsibility in Luis de Molina. British Journal for the History of Philosophy, 25(4).
  9. Romero, José Luis (2005). El problema de la libertad en la Escuela de Salamanca. Anuario Filosófico, 38(2).
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